ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2010-000827
ASUNTO : UJ01-P-2010-000041
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la anterior sentencia, se Ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal en fecha 25-05-2010, condenó al ciudadano TANIA JOSEFA ORTEGA DURÁN, venezolana, mayor de edad, residenciada en el Sector Villa Castillo, rancho de zinc, municipio Independencia del estado Yaracuy, por el delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Distribución de una Cantidad Menor y Posesión de sustancias ilícitas, previsto y sancionados en los artículos 31, tercer aparte, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS; en consecuencia, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta en autos que el referido penado fue detenido el día 26-03-2010, hasta la presente fecha por lo que lleva detenida CUATRO (4) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (1) AÑO, SIETE (7) MESES Y CUATRO (4) DÍAS, la cual vence el 28-02-2012 a las 12:00 p.m. de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico procesal Penal. Así mismo se notifica que la mencionada penada podrá solicitar la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a partir de la presente fecha. Vista la solicitud de la defensora se ordena Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que se realice el correspondiente informe Psico social al penado. Cúmplase.-
JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1 LA SECRETARIA
ABG. ESMERALDA LÓPEZ GUZMÁN ABG. DANIELA SILVA
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