REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 20 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2004-000716
ASUNTO : UP01-P-2004-000716
REVISADAS como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto. Para decidir el tribunal previamente observa PRIMERO. Consta en el presente asunto que la penado BRICEÑO PEREZ CARLOS ENRIQUE titular de la cedula de identidad NV- 25.031.598 domiciliado en el caserío San José de buchicabure ,zona sur calle17,casa S/N ESTADO YARACUY Fue condenado a cumplir la pena de cinco(5) años y de prisión por el delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto y sancionado en el articulo 411 DEL CODIGO PENAL SEGUNDO en las actuaciones cursa de fecha 7 de agosto de 2006 auto en que se le concedió el beneficio de Suspensión condicional de la ejecución de la pena Así mismo se evidencia en el dossier del folio 405 al 407 informe de finalización del régimen de supervisión al penado BRICEÑO PEREZ CARLOS ENRIQUE titular de la cedula de identidad N° V-25.031.598 ,de fecha15 de junioo de2009 por parte de la unidad técnica de apoyo al sistema penitenciario del estado el cual refleja que el referido penado asumió un comportamiento ajustado a las exigencias y lineamientos del beneficio otorgado concluyendo evolución favorable tanto en las ares conductual , familiar y laboral en consecuencia se demuestra que finalizo el tiempo a cumplir por la pena impuesta por el tribunal y por el delegado de prueba con resultado favorable TERCERO Del análisis de las actuaciones antes referidas considera quien decide que lo procedente y ajustado a la ley es Decretar la libertad plena al penado BRICEÑO PEREZ CARLOS ENRIQUE en la titular de la cedula de identidad N°V-25.031.598 domiciliado en el caserío San José de buchicabure,zona sur calle17,casa S/N ESTADO YARACUY en vista del cumplimiento satisfactorio de las condiciones impuestas., en el lapso de régimen de prueba
DECISION
En consecuencia por lo antes señalado este tribunal de ejecución del circuito judicial penal del Estado Yaracuy .´”ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY “ DECRETA LA LIBERTAD PLENA ala penada BRICEÑO PEREZ CARLOS ENRIQUE titular de la cedula de identidad N°V-25.031.598 de conformidad con lo previsto en el articulo 44 ordinal 5° de la constitución de republica de Venezuela en relación con los artículos 498 y 479 numeral 1° ambos del código orgánico procesal penal en virtud del cumplimiento de la pena impuesta al penado antes identificado y la EXTINCION DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES de conformidad con el articulo 105 del código notifíquese a las partes y déjese transcurrir el lapso legal con la finalidad de la correspondiente desincorporacion del presente asunto del tribunal y remitir posteriormente al archivo judicial de este estado CUMPLASE |
JUEZ LA SECRETARIA
DE EJECUCION N° 2
LUIS VALDIVIESO