REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIA EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS, BOLÍVAR Y DELTA AMACURO.

Ciudad Bolívar, 26 de julio de 2.010.-
200° y 151°.

ASUNTO: FP02-U-2007-000028 SENTENCIA Nº PJ0662010000106

Visto el escrito de promoción de pruebas, presentado en fecha 12 de julio de 2.010, por la Abogada Raiza González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.474.394, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 24.685, actuando en su carácter de Abogada sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela a través del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), este Tribunal a los fines de su pronunciamiento lo hace en los términos siguientes: En cuanto a las pruebas promovidas por la representación del Fisco Nacional, en su Capítulo I: Promueve el principio de la comunidad de la prueba y adquisición procesal, específicamente los siguientes documentos: 1.) Copia de la Resolución GRTI/RG/DR/DCF/2007/05 de fecha 12 de enero de 2.007; 2.) Informe fiscal levantado con ocasión de la verificación de los periodos solicitados. Este Tribunal, encontrándose dentro del lapso previsto en el artículo 270 del Código Orgánico Tributario, también las admite por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes, reservándose su apreciación en la definitiva.

Publíquese, regístrese y emítase cuatro (4) ejemplares del mismo tenor.

Notifíquese la presente decisión a la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana. Líbrense las notificaciones correspondientes.-

LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA



ABG. YELITZA C. VALERO R.
EL SECRETARIO



ABG. HECTOR D. ANDARCIA R.

YCVR/Hdar/kagv.-