REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.
Puerto Ordaz, quince de julio de dos mil diez.
200º y 151º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE ASUNTO: FP11-L-2010-000540.-
PARTE ACTORA: Ciudadano: LUIS BELTRAN CHACIN UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 5.593.783.-
APODERADOS JUDICIALES: Procuradores de Trabajadores FRANCELIA PASTRAN, YULIMAR CHARAGUA, LEILA LEAL, ELBA HERRERA, KARIMER FUENTES, YURNIS MAITA, JETSY ROJAS, MILAGROS CARDENAS, GINET CORTES, LISETT DURAN, NERIA MADRID, MORELVIS VALLES y ELIBETH TORRES, abogados, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 113.213, 106.934, 93.696, 93.273, 113.973, 113.210, 107.658, 113.220, 101.828, 119.763, 83.095, 93.290 124.627, respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil VIGILANCIA SERVICIOS DE SEGURIDAD, C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, el día 15 de mayo de 1996, bajo el Nº 231, Tomo 5.-
APODERADOS JUDICIALES: abogados en ejercicio ESTRELLA MORALES M, OMAR D. MORALES M, OMAR A. MORALES M, ANTONILLA NIGRO, MILVIA AGUILAR y NARLIBETH WASHINGTON, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 26.539, 36.495, 64.040, 122.750, 125.451 y 132.489, respectivamente.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES DERIVADAS DE LA RELACION LABORAL.
Hoy, quince (15) de julio de 2010, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09.30 a. m), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, según Acta de Sorteo Público N° 115-2010 de esta misma fecha, levantada al efecto por la Coordinación Judicial y la Coordinación de Secretaría, se deja constancia que anunciado el acto por intermedio del alguacil adscrito al Circuito Laboral a las puertas del Tribunal, la parte actora ciudadano: LUIS BELTRAN CHACIN UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 5.593.783, no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales constituido en autos y que hizo acto de presencia a la audiencia el abogado en ejercicio OMAR D. MORALES M, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.040, en su condición de apoderado judicial de la demandada sociedad mercantil sociedad mercantil VIGILANCIA SERVICIOS DE SEGURIDAD, C.A, tal como consta de Instrumento Poder Apud Acta consignado el día de hoy por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Laboral. En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Procédase al archivo judicial del presente expediente hasta tanto sea enviado a la sede del Archivo Judicial del Extinto Consejo de la Judicatura.
Publíquese, regístrese y déjese copia de esta Decisión en el compilador respectivo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, el día de hoy quince de julio del año dos mil diez.- Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
LA JUEZA
Dra. Juana León Urbano.
LA PARTE DEMANDADA COMPARECIENTE
EL SECRETARIO DE SALA
Abg. RONALD GUERRA
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO DE SALA
Abg. RONALD GUERRA
N° DE ASUNTO: FP11-L-2010-000540.-
15072010
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