ASUNTO: T I / FP02-S-2009-005842 /02
RESOLUCIÓN NRO. PJ0832010000079
Sentencia Definitiva: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Niulys Josefina García De Galvis.
Beneficiarias: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
Abogadas: Rosaura Cusimano y Laura Rossi
IPSA. Nros. 113.201 y 138.180.
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: UNICAS y UNIVERSALES HEREDERAS, del causante: PEDRO ANTONIO GALVIS GALA, fallecido Ab-Intestato en Ciudad Bolívar, el día 14 de Mayo del 2009, a su hija menor de edad: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) : a su viuda. NIULYS JOSEFINA GARCIA DE GALVIS. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la parte interesada y déjese copia certificada del fallo completo. Déjese constancia en el Libro Diario.---------
El Juez de Mediación (2) El Secretario de Sala
Dr. Franklin Granadillo Paz Dra. Carolina Quijada Guevara
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