REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación.
Mérida, ocho (08) de Julio de Dos Mil Diez.

200º y 151 º
Expediente Nro. 24068
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves ocho (08) de julio del dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria de Divorcio 185-A de conformidad con lo establecido en el articulo 177, parágrafo segundo, literal “g” ejusdem de la Ley. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Consuelo Toro Dávila, como secretaria la Abg. Ana Leonor Peña Rojas, se anunció el acto ante las puertas del Tribunal, haciendo el primer llamado, siendo las doce del medio dia (12:00 am.) y no hacen acto de presencia ninguna de las partes convocadas a la presente audiencia; se hace el segundo llamado siendo las doce y quince del medio día (12:15 am.) y no comparecen ninguna de las partes, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, en razón a ello, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento por Divorcio 185-A, por disposición expresa del artículo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Consuelo Toro Dávila

La Secretaria Titular

Abg. Ana Leonor Peña Rojas