REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 14 de Junio de 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadano: NELSON ELISAUL CABRERA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.439.428 domiciliado en la Calle Comercio casa Nro 6216 del Caserío Sabana Larga, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y PASTOR AGUSTIN YECERRA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.965.752 y domiciliado en la Calle Comercio del Caserío Sabana Larga del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; este Juzgado Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: YULIMAR COROMOTO PINTO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-13.095.235, y de este domicilio; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi) el cual se encuentra ubicado en el asentamiento Campesino de Sabana Larga, sector el Galpón II del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno comprende una área total de terreno de TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS ( 330,oo mts2), el cual consta de la siguiente bienhechuria: un (1) terreno cercado completamente con estantillos de madera y alambre de púa, sembrados con plantas de cambures, un (1) tanque construido de bloque con capacidad de cuatro mil litros ( 4.000 Lts). Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Gilda Vásquez; SUR: Solar que es o fue de Noelia Escalona; ESTE: Casa y Solar que es o fue de Krismar Castillo y OESTE: Casa y Solar que es de la ciudadana Yulimar Coromoto Pinto Mendoza. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 956/2010.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi).


El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ