REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 02 de Junio de 2010
Años: 200° y 151°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: WILLIAN ANTONIO ROJAS FLORES y JUAN ANTONIO RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. V- 10.365.619 y V- 14.337.170 respectivamente, domiciliado el Primero en la Avenida 9, entre 3 y 4, Barrio La Lucha de Chivacoa Estado Yaracuy; y el Segundo domiciliado en la Calle 3, Barrio La Lucha Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: ADELIS DE JESUS CABRERA SEQUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 11.651.603, y domiciliado en la ciudad de Chivacoa del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre un área de terreno perteneciente Instituto Nacional de Tierras INTI, el cual se encuentra ubicado en la Avenida 10, esquina calle 03 del Barrio La Lucha de Chivacoa Municipio Autónomo Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno que mide (117,70 m2) con un área de construcción de 40,50 m2, el cual consta de las siguientes características: Una Casa de forma de una caída de agua, techo de zinc, paredes de bloques de cemento frisado, piso de cemento pulido, puertas de hierro, ventanas de hierro, con sus instalaciones de luz eléctrica, aguas blancas y negras, dos dormitorios, una sala, una cocina, un baño. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Alirio Gómez (10,80 ml); SUR: Avenida 10 su frente (10,60 ml) ESTE: Calle 3, (11,00 ml) y OESTE: Casa y Solar que es o fue de Dilcia Pinto, (11,00 ml). Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese Copia Certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 952/2010.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTI).

El Juez Temporal,

Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria

Abg. Erlen Martinez
Abg.EBA/EM/gc