ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-000004
ASUNTO : UP01-P-2005-000004



AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la anterior sentencia, se ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial Penal en fecha 02-11-2009 condenó al ciudadano LUIS ALBERTO MELÉNDEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 16-11-1981, titular de la Cédula de Identidad N° 17.320.705, con domicilio en Callejón dos (2), Sector Encrucijada, Casa S/N, Cerca del Taller de Manuel Linares de Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy, a cumplir la pena de Dos (2) años de prisión, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal y se le condena a cumplir las penas accesorias de Ley, según se desprende de los Artículos 13 y 278 del Código Penal, se procede de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el computo de la pena: consta en autos que el referido penado fue detenido la primera vez en fecha 01-01-2005 hasta el 06-01-2005 y luego en fecha se le revoca la medida cautelar sustitutiva de libertad y se libra orden de captura siendo detenido por segunda vez en fecha 07-10-2009 hasta el 2-11-2009, por lo que se infiere que estuvo detenido UN (01) MES Y TRECE (13) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO Y DIEZ (10) MESES Y DIECISIETE (17) DÍAS la cual vence el 16-05-2013 a las 12:00 de la noche de conformidad con el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a partir de la presente fecha. Vista la solicitud de la defensa se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que realice el correspondiente informe Psícosocial al penado, y se le solicita al penado consigne oferta de trabajo. Cúmplase.-


La Jueza de Ejecución N° 01
Abg. Esmeralda López Guzmán

La Secretaria
Abg. Daniela Silva