REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2006-000459
En el día de hoy, Lunes veintiuno (21) de Junio del año Dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (09:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública de pruebas, con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por los ciudadanos YULIETH ADALEJO; JESUS MEDINA PIÑA; Y OTROS CONTRA el INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRASPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY), ambas partes plenamente identificadas en autos. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes dejándose constancia que se encuentra presente el apoderado judicial de los actores abogado PEDRO QUEVEDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N. 90.113, así mismo se deja constancia de la presencia de la apoderada judicial de la Procuraduría General del Estado Yaracuy abogada DINA OCANTO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 121.099. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado MARIA ZULEIMA GONZALEZ DE GARCIA, la secretaria GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ y el Alguacil ISRAEL SCHWARZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.-----------------------------------------------------
Seguidamente, la ciudadana juez exhortó a las partes al uso de los medios alternos de resolución de conflicto, evidenciándose de la exposición de las mismas la voluntad de llegar a un acuerdo, y para ello la ciudadana Juez, les otorgó el derecho de palabra a la representación judicial de las partes, quienes en su orden, solicitaron al Tribunal una nueva prorroga de quince (15) días continuos, contados a partir del día de hoy exclusive, y en consecuencia el diferimiento de la presente audiencia, en razón a la supresión del instituto demandado, observan la necesidad de conversar con el Procurador General del Estado Yaracuy, para luego sostener conversaciones extrajudiciales con la representación de la parte actora, esto en aras de lograr un acuerdo concertado.------------
Se deja constancia que la profesional del derecho DINA OCANTO, supra identificada, consignó copia fotostática y copia certificada, del instrumento poder que la faculta para tal representación, y solicita que sea agregado a los autos luego de ser confrontado y certificado.-----------------------------------------------------------------------------
En razón a la petición hecha por las partes, por no ser contraria a derecho y versar sobre la voluntad de las mismas, y en aras del uso de los medios alternativos de solución de conflictos; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, pero como quiera que vencido ese lapso solicitado, este Juzgado no dispone de algún día en el mes de Julio según la agenda que a tal efecto se lleva, en consecuencia ordena diferir la presente audiencia, y fija nueva oportunidad para el día MARTES TRES (03) DE AGOSTO DEL AÑO 2.010, A LAS NUEVE (09:00 A.M.) HORAS DE LA MAÑANA, sin notificación de las partes por cuanto las mismas, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se encuentran a derecho.
Confrontado como se encuentra el instrumento poder consignado por la profesional del derecho DINA OCANTO, se ordena a la secretaria del tribunal, certificar la copia fotostática del mismo, ad effectum videndi, y agregarlo al expediente, seguido de esta acta.
Se devuelve en este acto el poder, a la abogada supra mencionada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-----------------------------------------------------------------
La Juez Primero de Primera Instancia de Juicio;
Abg. MARIA ZULEIMA GONZALEZ DE GARCÍA
PARTE ACTORA: POR LA PROCURADURÍA GENERAL
DEL ESTADO YARACUY:
Abg. PEDRO QUEVEDO Abg. DINA OCANTO
LA SECRETARIA,
ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ
EL ALGUACIL;
JOSÉ GONZALEZ
MZG/veragrek*
PIEZA Nº TRES (03)
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