REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Siete (07) de Junio de 2.010
Años: 200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2009-000773
ASUNTO : FP11-R-2010-000142
Vista la diligencia de fecha 03-06-2010, presentada por el abogado en ejercicio JORGE LUIS MENDOZA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 113.184, en su carácter de apoderado judicial de la empresa SEMAIN, C.A. haciéndose acompañar de la ciudadana JETSY ROJAS, abogada en ejercicio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 107.658, en su condición de apoderada judicial del ciudadano ELIAS MAYORCA, titular de la cédula de identidad Nº 6.026.490, parte demandante en el presente caso, a objeto de dejar expresa constancia de haber dado cumplimiento voluntario a la sentencia de fecha 06-05-2010, dictada por Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, con el objeto de dar un finiquito total y definitivo a todos y cada uno de los conceptos demandados, razón por la cual la parte demandada ofrece cancelarle a la parte demandante y quien así acepta la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (3.546,00), cantidad que es cancelada mediante cheque no endosable Nº 70006708 girado en contra del Banco de Venezuela, a favor del demandante ciudadano ELIAS MAYORCA. Por tal razón este Tribunal Superior Primero del Trabajo, homologa en toda y cada una de sus partes el mencionado acuerdo, declarando terminada la presente causa y en consecuencia ordena la remisión del mismo a su Tribunal de origen a los fines legales consiguientes. Líbrese oficio.-
La Juez Superior Primero,
Abog. Yndira Narváez López
La Secretaria de Sala,
Abog. Marianny González
En esta fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria de Sala,
Abog. Marianny González
YNL/07062010.-
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