REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, tres de Junio del dos mil diez
200º y 150º
ASUNTO: FP02-S-2010-001855.-
Número de Resolución: PJ0242010000152
Revisado como ha sido la presente solicitud por TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: CESAR JOSE SULBARAN , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.570.952, el Tribunal observa: Que por cuanto se desprende en la presente solicitud que el inmueble esta ubicado en la Calle Rió Orinoco, s/n de la población de Moítaco, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Bolívar; este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA por el Territorio al Juzgado del Municipio Raúl Leoni del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
De conformidad con lo estipulado en el articulo 69 ejusdem, este tribunal dejará transcurrir cinco (5) días a los fines de que las partes ejerzan su derecho de regulación de competencia. Vencido como sea el lapso antes mencionado, y definitiva como quede la presente decisión, se remitirá la presente solicitud en su forma original por medio de oficio, al Juzgado competente.- Así se decide.
LA JUEZA TEMPORAL

Dra. MERLID FIGUEREDO
LA SECRETARIA

Abg. LOYSI MERIDA AMATO.-
MEF/ LMA/Nieves.-