REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolivar, diez (10) de junio de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : FP02-S-2010-002144
Resolución Nº: PJ0262010000182
Visto la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ZAIDA MARGARITA RUIZ ALFONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.568.794, de este domicilio, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la competencia para conocer de la presente solicitud observa:
Que la parcela sobre la cual están construidas las bienhechurias objeto de la presente solicitud, se encuentran en la Población de la Paragua, Municipio Bolivariano Angostura, del Estado Bolívar. En tal virtud, y por cuanto este Tribunal no tiene competencia en la localidad indicada, en consecuencia Declina la competencia por el Territorio, al Juzgado del Municipio Raúl Leoni, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui del Primer de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Piar, al cual se ordena remitir la presente Solicitud, una vez firme la presente solicitud.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria en este Juzgado.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,
Enelides Arredondo
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las dos (2:00 p.m.) de la tarde.
La Secretaria.,
Enelide Arredondo
NAR/ea/enilse.
|