REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción
Ciudad Bolívar, ocho (08) de Junio de 2010.
200º y 151º
ASUNTO: FP02-V-2010-000301
Resolución Nº: PJ0262010000176

Vista la diligencia que antecede, de fecha 03 de Junio de 2010, recibida por este Juzgado en esa misma fecha, suscrita por de la ciudadana: MARIA CONCEPCION BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.899.747 demandada en el presente juicio, y debidamente asistida en este acto por el ciudadano: JONNY MONASTERIO abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 132.433 de este domicilio, por una parte y, por la otra la ciudadana AGUSTINA VELASQUEZ DE AMUNDARAY venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 487.764 de este domicilio, parte actora, debidamente asistida en este acto por la ciudadana: MARIA CONCEPCION MERCADO TOMASSINI, abogada en ejercicio inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 45.929 de este domicilio, mediante la cual celebran transacción el presente proceso judicial, este Tribunal observa que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre que versa la controversia, que se trate de materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, cuestión por la cual este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION a la transacción efectuada entre las partes en el presente juicio de DESALOJO interpuesto por la ciudadana: AGUSTINA VELASQUEZ DE AMUNDARAY contra la ciudadana MARIA CONCEPCION BETANCOURT, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los ocho (08) días del mes de Junio del año dos mil diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la federación.
El Juez,

Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,

Enelide Arredondo

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.).

La Secretaria,

Enelide Arredondo
NAR/ea/enilse.
C: c. archivo.