REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, cuatro de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2005-001621
ASUNTO : FP11-L-2005-001621

Visto que ha quedado firme informe de experticia complementaria presentado en fecha 30 de OCTUBRE de 2008, presentado por el experto contable Licenciado JORGE LUIS CAÑA GUZMAN, nombrado y juramentado debidamente a tales efectos por este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, DECRETA SU EJECUCIÓN, en consecuencia, se convoca a una Audiencia Especial, a objeto de que la Sociedad Mercantil “EXPRESOS DEL CARIBE, C.A”., suficientemente identificado en autos, de cumplimiento voluntario al fallo, la cual se llevara a efectos el día 16 de Junio del 2010, a las 2:30.PM, horas de la tarde. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Conste.-

LA JUEZ DECIMO DE S.M.E.,


ABOG. HORTENCIA SANCHEZ MEDINA

LA SECRETARÍA DE SALA,


ABOG. CARMEN VICTORIA LEDEZMA