REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diecisiete de junio de dos mil diez.

200º y 151º

Vista la diligencia que antecede de fecha 15 de junio de 2010, suscrita por el abogado en ejercicio GABRIEL ANTONIO CUBILLAN, en su condición de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual manifestó haber sufragado a través del Alguacil, los gastos que conllevó la reproducción fotostáticas del libelo de la demanda que obra a los folios del 1 al 5 y de sus anexos que obra a los folios del 6 al 40 del expediente principal, este Tribunal visto que la parte actora cumplió con lo requerido según el auto de fecha 07 de junio de 2010 (folio 01), en consecuencia, certifíquense por Secretaría, copia del libelo de la demanda que obra a los folios del 1 al 5 y de sus anexos que obra a los folios del 6 al 40 del expediente principal, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Vigente, e insértese el pie de la certificación el presente auto y agréguense al presente cuaderno separado; y por auto separado se resolverá lo conducente a la medida cautelar solicitada.
EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/lvpr.-