REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 25 de marzo de 2010
Años: 199° y 151°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: DEXY TERESA LOAIZA NOGUERA y EDGARDO ALBERTO CAMPOS, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.554.856 y V-7.592.833, respectivamente, domiciliados la primera en la Avenida 7 entre calles 6 y 7, Numero 6-52 del Barrio La Peñita del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y el segundo en la calle 7 entre avenidas 01 y callejón San José del Barrio Pueblo Nuevo del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; este Juzgado Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: LUIS BELTRAN MALPICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-7.588.829 y domiciliado en Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejores derechos, en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi), ubicado en la Avenida 9 entre calles 2 y 3 del Barrio La Lucha, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, que mide cientos setenta y nueve metros cuadrados (179,76 m²), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Avenida 9 su frente (11,50 ml); SUR: Casa y Solar que es o fue de Zenaida Viscaya (11,00 ml); ESTE: Casa y solar que es o fue de Rosa Valera ( 15,85ml); y OESTE: Casa y Solar que es ó fue de Magda Vizcaya (15,70), consistente en una construcción de una casa con las siguientes características: Paredes de bloque de cemento, piso de cemento pulido, techo de acerolit,, con un área de construcción de Cincuenta metros cuadrados con ochenta y cuatro centímetros (50,84M²) y distribuida de la siguiente manera: una (1) sala comedor, una (1) cocina, un (1) baño, dos (2) habitaciones y un (1) garaje, servicios básicos. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 861-2010.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi).

El Juez, Temp.,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria

Abg. ERLEN MARTINEZ

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