REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 25 de marzo de 2010
Años: 199° y 151°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanos: BARTOLO ANTONIO SANCHEZ y WILLIAN JOSE MOGOLLON, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.691.694 y V- 13.619.411, respectivamente, domiciliados el primero en la Calle Principal del Asentamiento Campesino Sarare del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y el segundo en la Calle Principal del Asentamiento Campesino Sarare del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; este Juzgado Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: JOSE DEL CARMEN MARQUEZ MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-10.125.089 y domiciliado en Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejores derechos, en un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi), ubicado en el Asentamiento Callepano, via principal, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, con una extensión de Ochenta Hectáreas (80Has), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Via principal del Asentamiento; SUR: Terrenos ocupados por Carlos Colmenares; ESTE: Terreno ocupados por Ramón Jiménez; y OESTE: Carreta Principal de por medio, consistente en un Fundo Agropecuario denominado “Fundo LA MARQUEZA” con las siguientes características: Deforestación de toda el área y sembradío de los siguientes cultivos: Cuarenta Hectáreas (40 Has) Totalmente sembradas de pastos artificiales tipo Bracaria Humedicola, con sus respectivas lineas divisorias internas que conforman los potreros, tres Hectáreas (3 Has) Sembradas de café y sembraditos de cultivos menores; construcción de una Vivienda de Bahareque, techo de zinc, con cuatro (4) Habitaciones y una (1) cocina, cerca perimetral de cuatro (4) pelos de alambres de púa y estantes de madera viva , servicio de agua llevado a través de Quinientos (500) metros de Manguera de una (1) pulgada, dos (2) taquillas de concreto con una capacidad de cinco mil (5.000) litros cada una. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 863-2010.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi).

El Juez, Temp.,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria

Abg. ERLEN MARTINEZ

Cem