REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2007-000520
En el día de hoy, Viernes doce (12) de Marzo del año dos mil diez (2010), siendo las nueve (09:00 A.M.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión de DIFERENCIA DE PRESTACIONES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por los ciudadanos: CESAR ANTONIO ROJAS, NOEL JOSE VELIZ, ARNALDO OSORIO, ABNELL LABRADOR y FELIX ANTONIO NAVAS, CONTRA: la firma mercantil CORPORACION INLACA C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Seguidamente se procedió a la verificación de las partes dejándose constancia que se encuentran por la parte demandante los ciudadanos NOEL JOSE VELIZ, ABNELL LABRADOR, CESAR ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 7.913.901, 12.727.995, y 10.767.466, en su orden, en compañía de su apoderada judicial abogada ANGI CACERES inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 108.694; y en representación de la demandada de autos se encuentra el profesional del derecho OMAR FUMERO DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.414. Acto seguido y una vez verificada la asistencia de las partes se declaró constituido este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, el Alguacil ISRAEL SCHWARZ y la secretaria ABG. GRECIA KORALIA VERASTEGUI.—----------------
El juez instó a las partes al uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, existiendo imposibilidad de la conciliación tal como se desprendió de la manifestación de la representación de la parte demandada.-----------------
Tomó la palabra la parte demandante a través de la Abogado ANGI CACERES, antes identificada, quien expuso los argumentos de hecho y de derecho, en los que fundamenta su pretensión.-----------------------------
Posteriormente, tomó la palabra la parte demandada a través del Abogado, OMAR FUMERO DIAZ quien expuso sus argumentos de hechos y de derecho en los que apoya su defensa.--------------------------------------------------
Ambas partes hicieron uso de su derecho a replica y contrarréplica respectivamente.-------------------------------------------------------
Acto seguido se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso:---
PRUEBAS DE LA DEMANDANTE:-------------------------------------------
Pruebas Documentales:-------------------------------------------------
Recibos de pagos. (f.58-159 PIEZA 1, 2-102 PIEZA 2, 2-102 PIEZA3, 2-117,141-177 PIEZA 4, 2-266 PIEZA 5, -289 PIEZA 6 ) La representación judicial de la parte demandada no formuló observación, sin embargo indicó el día domingo como descanso y no como día feriado.------------------
Liquidación (f.57 PIEZA 2, 118-140 PIEZA 4) La representación judicial de la parte demandada no realizó observación -----------------------------
Convención colectiva (f.295-333, 350-444 PIEZA 6) La representación judicial de la parte demandada no indicó observación ------------------
Informes (f.340-349PIEZA 6) La representación judicial de la parte demandada no realizó observación----------------------------------
Solicitud (f.290-294 PIEZA 6) La representación judicial de la parte demandada no formuló observación alguna --------------------------
Acta de visita de inspección (f.335-339 PIEZA 6) La representación judicial de la parte demandada no estableció observación----------------------
Prueba de exhibición---------------------------------------------------
RECIBOS DE PAGOS -----------------------------------------------
LIQUIDACIÓN----------------------------------------------------
CONVENCIÓN COLECTIVA------------------------------------------
La representación judicial de la parte demandada indicó que en el escrito probatorio consignó recibos y planillas, e informa que no es el medio de prueba, al probar algo que no tiene la empresa, siendo que la misma negó lo pretendido.
Prueba de Informes:----------------------------------------------------
Inspectoría del Trabajo del estado Yaracuy (f.158-166 pieza 8) La representación judicial de la parte demandada no realizó observación-----
Prueba testimonial:
• CESAR ROJAS----------------------------------------------------
• NOEL VELIZ-----------------------------------------------------
• ABNELL LABRADOR----------------------------------------------
La representación judicial de la parte demandada solicito la aplicación del artículo 478 del Código de procedimiento Civil, indicando que los ciudadanos que fueron promovidos como testigos son inhábiles para declarar, por ser parte en el juicio.-
Seguidamente el ciudadano juez indicó que muy a pesar de ser parte los ciudadanos antes mencionados, no es menos cierto que los mismo puedan dar declaraciones en base a lo solicitado por el Tribunal en este acto.--------------
Seguidamente les fueron leídas a tales ciudadanos, las generales de Ley, y luego fueron juramentados por el ciudadano juez en su respectivo orden.------------
Acto seguido el juez realizó preguntas a los ciudadanos arriba señalados en su orden.---------------------------------------------------------------
Se deja constancia que no comparecieron a este acto, los ciudadanos FELIX NAVAS, ARNALDO OSORIO.----------------------------------------------
PRUEBAS DE LA DEMANDA:---------------------------------------------
Documentales:-------------------------------------------------------
Contrato colectivo (f.17-46 pieza7) La representación judicial de la parte demandante no realizó observación------------------------------------
Minutas (f.47-59 pieza 7) La representación judicial de la parte demandante, indicó que los mismos no tienen valor con respecto a lo que trata de demostrar la empresa en relación a lo debatido, y que no fueron firmado por los actores.-----------------------------------------------------
La representación de la empresa indica al tribunal, que con dicha prueba quieren demostrar que la empresa no reconoció la existencia del domingo como día feriado---------------------------------------------------------------
Horarios de trabajo (f.60-67 pieza 7) La representación judicial de la parte demandante, estableció que el domingo indicado allí es descanso legal, y siendo que los trabajadores lo trabajaron, la empresa debió cancelárselo como descanso legal.-----------------------------------------------------
La representación de la parte demandada indica y explica el horario informando cual era el descanso legal, estableciendo que son varios horarios.-
Convenciones colectivas (f.68-230 pieza 7, 2-36 pieza 8) La representación judicial de la parte demandante no formuló observación------
Acuerdo transaccional (f.37-40 pieza 8, La representación judicial de la parte demandante, indica que no se evidencia que hayan cancelados los días feriados y domingos trabajados----------------------------------------
El apoderado de la demandada insiste que esos días feriados allí indicados la empresa lo que quiso es pagar tales días-------------------------------
54-58 pieza 8, La representación judicial de la parte demandante no formuló observación.--------------------------------------------------------
63-64 pieza 8, La representación judicial de la parte demandante señala que se indica allí una prima dominical, y que vale decir que desde el 2007 la empresa afirma el recargo del domingo, pero lo simula el concepto---------
La representación judicial de la Demandada informa que la empresa paga desde el 2.006 con el recargo, pero lo que no se le da, es el carácter de descanso legal.-----------------------------------------------------
86-89 pieza 8) La representación judicial de la parte demandante realizó las mismas observaciones que en los folios 63-64 pieza 8.-------------------
Planilla de liquidación (f.41, 47, 59, 66-68, 77, 82, 90,98-101 pieza 8) La representación judicial de la parte demandante no formuló observación.------
Recibos de pago (f.48-50, 80, 83, 91 pieza8) La representación judicial de la parte demandante indica que allí existe un pago voluntario pero no especifica que salario------------------------------------------------
Cheques (f.43-44, 51-53,74-76, 79, 96,97 pieza 8) no realizó observaciones la representación judicial de la parte demandante.------------
Inspección Judicial:
• Inlaca.(f.197 pieza 8) no formuló observaciones la representación judicial de la parte demandante.-----------------------------------------
Informes:
• Inspectoría del Trabajo: (f.158-166 pieza 8) La representación judicial de la parte demandante indica que se abrió el procedimiento sancionatorio de la empresa por no cumplir las obligaciones laborales---------------------
El apoderado de la Demandada indica que se aperturó un procedimiento pero no se ha decidido todavía.--------------------------------------------------
• Nomisistemas c.a. no consta en autos-------------------------------
Cesta ticket accor c.a (f.168 pieza 8). ) La representación judicial de la parte demandante no formuló observación-----------------------------------
• Sodexho pass Venezuela c.a. no consta en autos---------------------
Banco provincial (f.57 pieza 9). La representación judicial de la parte demandante no realizó observación-----------------------------------
Testimoniales:
• José Ramón Cuello, Jorge Ramos, Elena Castillo, se dejó constancia que dichos ciudadanos no acudieron al acto a dar declaración alguna.--------
Posteriormente finalizada la evacuación de las pruebas promovidas por las partes, El ciudadano juez de conformidad con el artículo 158 se reservó el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo del fallo, y concluido el mismo procede a dictar el dispositivo de esta decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de DIFERENCIA DE PRESTACIONES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por los ciudadanos: CESAR ANTONIO ROJAS, NOEL JOSE VELIZ, ARNALDO OSORIO, ABNELL LABRADOR y FELIX ANTONIO NAVAS, CONTRA: la firma mercantil CORPORACION INLACA C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de PRESCRIPCIÓN alegada por la representación de la parte demandada, en contra de los ciudadanos ARNALDO OSORIO y FELIX ANTONIO NAVAS identificados en autos. TERCERO: No hay condenatoria en costas a la parte demandante de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley adjetiva laboral CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.------------------
Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-------
El Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio;
Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
Por la Demandante: Por la Demandada :
NOEL JOSE VELIZ, ABG. OMAR FUMERO
ABNELL LABRADOR,
CESAR ROJAS,
ABG. ANGI CACERES
La Secretaria;
Abg. GRECIA VERASTEGUI ALVAREZ
El Alguacil;
ISRAEL SCHWARZ
CMFG/veragrek*
PIEZA N° NUEVE (09)
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