REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales
de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.

Ciudad Bolívar, 04 de marzo de 2010.
199° y 151°

ASUNTO Nº FP02-U-2009-000062 SENTENCIA: PJ0662010000040

Visto el escrito de Promoción de Pruebas, de fecha 22 de febrero de 2010, presentado por la Abogada Raiza González Rondón, venezolana, mayor de edad , titular de la cédula de identidad Nº V-5.474.394 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.685, representante de la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana, este Tribunal a los fines de su pronunciamiento lo hace en los siguientes términos: En relación al Capitulo I: Referido al merito favorable que se desprende de los autos, acogiendo los principios de comunidad de las pruebas y de adquisición procesal, promovió a favor de su representada, los siguientes documentales: 1) Las Resoluciones de Reintegro signadas con las nomenclaturas Nros. a) SNAT/INTI/GRTI/RGU/ DR/ACC/2009/07 de fecha 18 de junio de 2009; b) SNAT/INTI/GRTI/RGU/ DR/ACC/2009/08 de fecha 18 de junio de 2009 y c) SNAT/INTI/GRTI/RGU/ DR/ACC/2009/10. Este Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal o impertinente, reservándose su valoración en la definitiva.

Se ordena notificar de la presente decisión a la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana. Se ordena imprimir cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor de la presente decisión.

LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA



Abg. YELITZA C. VALERO RIVAS. EL SECRETARIO



Abg. HÉCTOR D. ANDARCIA R.




YCVR/Hdar/oskarina-