ASUNTO : FP02-V-2010-000213
RESOLUCIÓN N° PJ0212010000187

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
ACUERDO REALIZADO POR LAS PARTES EN ACTO CONCILIATORIO Y HOMOLOGADO POR EL TRIBUNAL

En horas de despacho del día de hoy 04-03-2010, día acordado por el Tribunal para que tenga lugar la contestación de la demanda, y siendo las Diez de la Mañana (10:00 am), hora fijada para que tenga lugar el ACTO CONCILIATORIO entre el demandante ciudadano BERRNARDO ANTONIO PEREZ FERRER, y los demandados ciudadanos PATRICIA SEGUNDA Y ANTONIO RAFAEL PEREZ ABAD, en el presente juicio de REVISIÒN DE SENTENCIA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, signada bajo el N° de Expediente indicado en el asunto, anunciado el acto con las formalidades de Ley, a las puertas del Tribunal, comparecieron los ciudadanos PATRICIA SEGUNDA Y ANTONIO RAFAEL PEREZ ABAD (Hijos del demandante), venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-20.264.932 y V-20.264.929 respectivamente, y el demandante ciudadano: BERRNARDO ANTONIO PEREZ FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- V-4.596.812,. Seguidamente el Tribunal declaró abierto el acto conciliatorio e instó a las partes a una conciliación, quienes manifestaron su acuerdo en llegar a un acuerdo o transacciòn que ponga fin al juicio, el cual se regirá por las siguientes condiciones:
Primero: El padre, ciudadano BERRNARDO ANTONIO PEREZ FERRER, se obliga a cancelar a sus hijos PATRICIA SEGUNDA Y ANTONIO RAFAEL PEREZ ABAD, el monto de QUINIENTOS BOLIVARES (BS. F. 500,00) mensuales lo que corresponde de la cuota de DOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (250.00) para cada uno de ellos, por concepto de Obligación de Manutención en forma mensual y consecutiva, el monto de MIL BOLIVARES (BS. F. 1000,00) que corresponde de la cuota de QUINIENTOS BOLIVARES (500.00) para cada uno de ellos, en el mes de Septiembre de cada año, para cubrir los gastos escolares y MIL BOLIVARES (BS. F. 1000,00) que corresponde de la cuota de QUINIENTOS BOLIVARES (500.00) para cada uno de ellos, para el mes de Diciembre para gastos de vestido (ropa y calzados), los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros ordenada aperturar por este Tribunal a nombre de los ciudadanos PATRICIA SEGUNDA Y ANTONIO RAFAEL PEREZ ABAD.
Ambas partes solicitan la SUSPENSIÓN de todas las MEDIDAS que habían sido decretadas por este Tribunal en la causa Nº FP02-Z-2003-499, mediante sentencia definitiva de fecha 02-02-2005, la cual fue comunicada al patrono mediante oficio Nº 1430-1, de fecha 26-07-2005, expediente Nº FP02-Z-2003-499.
Queda revida y sin efecto alguno la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 02-05-2005, en el expediente Nº FP02-Z-2003-499, por los montos establecidos anteriormente.
Nosotros, PATRICIA SEGUNDA Y ANTONIO RAFAEL PEREZ ABAD, plenamente identificados en autos declaramos: Que aceptamos el acuerdo realizado por nuestro padre, en todas y cada una de sus partes. Ambas partes solicitan al Tribunal la correspondiente homologación del convenimiento realizado.
Vistas las exposiciones de las partes, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el convenimiento realizado y ordena procederse como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena librar oficio a la Empresa Ferrominera Orinoco C.A, a los fines de hacer de su conocimiento de lo acordado por las partes y homologado cordado por el Tribunal, se ordena estampar en el expediente Nº FP02-Z-2003-000499, copia del presente acuerdo de Revisión de Sentencia de Obligación de Manutención.- Cúmplase y archívese el expediente.







LA JUEZ DE PROTECCIÓN Nº (01)


DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ




LA PARTE DEMANDANTE



ABOGADO ASISITENTE

LA PARTE DEMANDADA



ABOGADO ASISTENTE



LA SECRETARIA DE SALA


DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA



ELABORADO POR YAQUELIN RODRIGUEZ