ASUNTO: FP02-V-2009-002034
RESOLUCIÓN N° PJ0232010000042
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Por cuanto la Juez Titular de la Sala de Juicio Nº 03 de este Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de este Circuito Judicial, DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO, se encuentra de REPOSO MEDICO y que fue designada la DRA. ANAILUJ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, como Juez Temporal, para suplir dicha ausencia, este Tribunal, se ABOCA al conocimiento de la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, a fin de continuar con el procedimiento en el estado en que se encuentre. Y visto y recibido el desistimiento de fecha 24/02/2010, suscrito por el ciudadano: JORGE ANTONIO ARREAZA, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.980.577, debidamente asistido por la Profesional del Derecho DRA. KARLA PEREZ, Abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 106.935, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, este Tribunal, acuerda la solicitud por no ser contrario a derecho, al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, procediendo de conformidad con la voluntad expresa de las partes y ajustado a las previsiones de la norma contenida en el Artículo 263, del Código del Procedimiento Civil, el cual expresa: “ En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de sosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”, en consecuencia le imparte su HOMOLOGACION al presente DESISTIMIENTO, dando en consecuencia, por consumado el acto procediendo para todos los efectos como si se tratase de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, y así se declara. Se ordena devolver los documentos originales acompañados con el libelo de la solicitud, previa su certificación por secretaria. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.
LA JUEZ (TEMP.) DE PROTECCIÓN (3)
DRA. ANAILUJ E. RODRIGUEZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. MARTA TORRES AROCHA
AERR/MTA/BettyMillán.-
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