REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, doce de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: FP02-V-2010-000169
Nº de Resolución: PJ0242010000057
Visto el desistimiento efectuado en el presente Juicio por la Ciudadana NILA YECENIA SOLANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.894.648, debidamente asistida en este acto por el ciudadano RAFAEL JOSE PULIDO, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 103.018, parte actora en el presente Juicio, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte su HOMOLOGACIÓN, teniéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Se ordena la devolución de los documentos que acompañaron la presente demanda cursantes a los folios del Cinco (05) al séis (06).- Previa certificación por secretaría.-
La Jueza Temporal

Abg.- Merlid Elizabeth Figueredo.-

La Secretaria

Abg.- Loysi Mérida Amato

MEF/Orlando.-
ASUNTO: FP02-V-2010-0000169