REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
 
Ciudad Bolívar, primero de marzo de dos mil diez
 
199º y 151º
 
 
 
	Visto que en fecha 01 de febrero del 2007 fue recibido por ante este tribunal, la presente solicitud distinguida con el Nº ASUNTO: FP02-S-2007-000365, motivado a la falta de impulso procesal de la parte interesada y, por cuanto ha transcurrido suficientemente el plazo para que la interesada haya manifestado interés en la presente solicitud al punto que la misma se ha mantenido paralizada, el tribunal considera que en el caso de autos ha operado el decaimiento del interés y así lo declara Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se da por terminada dicha solicitud de justificativo de testigo y remite el presente expediente a la oficina de archivo judicial a los fines de su mejor resguardo, constante de cinco (05) folios útiles. Así se decide.- 
 
	El Juez,
 
 
 
	Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
 
					         La Secretaria,
 
 
					         Ab. Soraya Charboné.-
 
MAC/aji
 
ASUNTO: FP02-S-2007-000365
 
Resolución Nº PJ0192010000100
 
 
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