REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dos de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: FP02-S-2005-004633

Vista la anterior solicitud de declaración de único y universal heredero presentada por la ciudadana: Juliana Franco de Coa, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 775.141 y de este domicilio.- El tribunal, declara INADMISIBLE dicha solicitud en vista que la parte interesada no dió cumplimiento a lo solicitado en auto de fecha 18 de Noviembre de 2.005, que corre inserto al folio veinte (20); en consecuencia, la solicitud se encuentra incursa en una causal de inadmisibilidad.-

Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de este Estado constante de veintiún (21) folios útiles para su mejor resguardo.-

Así se decide, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley.-

El Juez,


Ab. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,


Ab. Soraya A. Charboné P.-
MACB/SACHP/tgsm.-
RESOLUCIÓN N° PJ0192010000114