REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dos de marzo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: FP02-S-2006-002818
Vista la anterior solicitud de declaración de único y universal heredero presentada por la ciudadana: Judith Antonio Lugo de Malave, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 4.595.456 y de este domicilio.- El tribunal, declara INADMISIBLE dicha solicitud en vista que la parte interesada no dió cumplimiento a lo solicitado en auto de fecha 10 de Mayo de 2.006, que corre inserto al folio seis (06); en consecuencia, la solicitud se encuentra incursa en una causal de inadmisibilidad.-
Se ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de este Estado constante de siete (07) folios útiles para su mejor resguardo.-
Así se decide, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley.-
El Juez,
Ab. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,
Ab. Soraya A. Charboné P.-
MACB/SACHP/tgsm.-
SENTENCIA N° PJ0192010000109
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