REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, quince de marzo de dos mil diez
199º y 151º

ASUNTO: FH02-X-2010-000009
Asunto Principal: FP02-F-2010-000072

Visto que la parte actora solicito el decreto de una medida cautelar de embargo sobre bienes muebles (vehículos) y llenos los extremos legales en el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 191.3 del Código Civil, se decreta medida preventiva de embargo, sobre los vehículos siguientes:

• Marca: DODGE, Modelo: DODGE CALIBER L, Serial de Carrocería: 8Y3J148Z581104020, Placas: AA829HV, Color: Rojo, Uso: Particular, Año: 2008, Clase: Automóvil; y
• Marca: DAIHATSU, Tipo: SPORT-WAGON, Modelo: TERIOS COOL AUTOMATICO, Serial de Carrocería: 8XAJ122G079535743, Serial del Motor: 4 CILINDORS, Placas: FBP-92U, Color: ROJO, Uso: Particular, Año: 2007, Clase: Automóvil

A tales efectos se ordena comisionar suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres y Raúl Leoni del Estado Bolívar e Independencia del Estado Anzoátegui del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Se ordena oficiar lo conducente a cualquier Autoridad Civil y/o Militar de la República Bolivariana de Venezuela, para que proceda a la detención administrativa del vehículo antes mencionado. Líbrese la comisión y los oficios correspondientes.
El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
En esta misma fecha se libró comisión junto a oficios Nros. 025-191/2010, 025-192/2010 y 025-193/2010.
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCH/yinet.
Resolución Nº PJ0192010000194