REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, veintitrés de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2008-001561
ASUNTO : FP11-L-2008-001561
Vista la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO presentada por los abogados (a): JOSÉ DE JESÚS DÍAZ y FREDDLYN MORALES, inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 49.544 y 108.483, actuando en este acto como apoderado judicial de los ciudadanas(o) ALEXANDER GÓMEZ, DOUGALAS SALINAS, REIMUNDO MARTÍNEZ Y OTROS; en contra de la Sociedad Mercantil SIDERURGICA DEL ORINO (SIDOR); este Tribunal mediante auto de fecha DIECINUEVE (19) de Noviembre del año 2008, ordenó la subsanación de la misma por presentar vicios que hacían imposible su admisión al no dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el Artículo 123 ordinal 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para lo cual de conformidad con lo establecido en el artículo 124 ejusdem se le concedió un lapso de dos (2) días Hábiles siguientes a su Notificación, para que el demandante subsanara los vicios que a su consideración presentaba el libelo de demanda.
Pues bien, tal y como se evidencia en el folios 14 y 15 de autos, la parte demandante fue notificada de dicho auto el día doce de Marzo del presente año, teniendo la parte demandante oportunidad procesal para la corrección, dentro de los dos días hábiles siguientes, es decir, hasta el día dieciséis (16) de Marzo del presente año, día en el cual se cumplió el lapso establecido para Subsanar los posibles defectos inmersos en la demanda; ahora bien visto que la parte demandante hasta la presente fecha no ha subsanado los defectos inmersos en el libelo de la demanda este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se decide. Pudiendo la parte demandante proponer nuevamente la demanda, en cualquier momento.
EL JUEZ
LA SECRETARIA.
ABG. LENIN ARQUÍMEDES BRITO.
LAB.