REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Nueve de Marzo del dos mil diez.-
199º y 151º
Por recibida la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar actuaciones y el curso de Ley correspondiente y vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ISIDRO ACACIO CONTRERAS PEÑUELA, quien falleció ab- intestato el día 09 de Enero del 2010, quien para el momento de su fallecimiento era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 674.653, según se evidencia en el Acta de Defunción No. 45, expedida por la Registradora Civil de la Parroquia Domingo Peña del Municipio Libertador del estado Mèrida, presentada por la ciudadana HORTENCIA COROMOTO CONTRERAS ROMERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 8.029.668, de este domicilio y hábil, actuando en su propio nombre y de sus hermanos MARIA AUXILIADORA, IRIS NOHEMI y GERARDO ACACIO CONTRERAS ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 8.002.567, 8.047.404 y 10.719.340, asistida por el abogado: FRANCISCO ZELIN PEÑA AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.991.623, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 8.974, domiciliada en esta ciudad de Mérida y hábil, para que sean declarados, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS los ciudadanos: HORTENCIA COROMOTO CONTRERAS ROMERO, MARIA AUXILIADORA CONTRERAS ROMERO, IRIS NOHEMI CONTRERAS ROMERO y GERARDO ACACIO CONTRERAS ROMERO, en carácter de hijos, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 8.029.668, 8.002.567, 8.047.404 y 10.719.340 del ya citado causante. El Tribunal ADMITE dicha solicitud, por cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres, al orden público y además porque este Juzgado es competente por razón del Territorio, la cuantía y la materia, por atribución asignada en la resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, publicada en gaceta oficial el 02 de Abril del año en curso. En consecuencia, se exhorta a la parte interesada a que indique los nombres de los testigos, a los fines de fijar dia y hora para oír a los testigos en la oportunidad legal
LA JUEZ,

DRA. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA TEMPORAL:

ABG. XIOMARA GOMEZ MORENO.
En la misma fecha se formó solicitud, se le dio entrada bajo el Nº ____________.



LA SECRETARIA TEMPORAL:

ABG. XIOMARA GOMEZ MORENO.