REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 17 de Mayo de 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadanas: PINTO HERIBERTA y SORAIDA SANTA RIERA MORA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros. V- 7.551.222 y V- 10.854978 respectivamente, domiciliada la Primera en la Calle 10 entre Avenidas 1 y 2, Barrio La Lucha de Chivacoa Estado Yaracuy; y la Segunda domiciliada en la Avenida 10 entre Calles 1 y 2, Barrio La Lucha Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, este Juzgado Actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: ZONIA MARIA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 7.558.727, y domiciliada en la ciudad de Chivacoa del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno perteneciente Instituto Nacional de Tierras INTI, el cual se encuentra ubicado en la Avenida 10 entre Calles 1 y 2, Barrio La Lucha de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno que mide (278,31 m2) con un area de construcción de 47,50 m2, el cual consta de las siguientes características: Una Casa de forma de una caída de agua, techo de zinc, paredes de bloques de cemento y ladrillo sin frisar en el exterior y frisados en el interior de la vivienda, piso de cemento pulido, puertas de hierro, ventanas de hierro y vidrio, con sus instalaciones de luz eléctrica, aguas blancas y negras, dos dormitorios, dos habitaciones en construcción, una sala, una cocina, un baño, cercado de pared de bloques de cemento sin frisar Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Avenida 11, (11,60 ml); SUR: Avenida 10 su frente (11,40 ml) ESTE: Terreno de Jorge Castillo Yusti, (24,10 ml) y OESTE: Casa y Solar que es o fue de Orlando Jimenez, (24,30 ml). Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese Copia Certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 917/2010.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTI).
El Juez Temporal,
Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria
Abg. Erlen Martinez
Abg.EBA/gc