REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 17 de Mayo de 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadano: ANTONIO COROMOTO MALDONADO NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.479.550 domiciliado en la Avenida 9 entre Calles 16 y 17 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y JULIS JOSE SANCHEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.983.329 y domiciliado en la Calle 2 del Caserío Sabana Larga, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; este Juzgado Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: FRANCISCO ALBERTO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-5.850.884, y de este domicilio; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi) el cual se encuentra ubicado en el Asentamiento Campesino el Peñón, Sector Sabana Larga, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno comprende 4 HECTAREAS (4 HAS), el cual consta de las siguientes bienhechurías: Siembra de cien (100) matas de aguacates, cincuenta (50) matas de mangos, cuarenta (40) matas de cocos, cien (100) matas de naranjas y un (1) emparrado de parchitas, una (1) casa tipo tinglado, un (1) tanque para almacenar agua de 20.000 litros, cercada por un lado con muros de concreto y bloques de cemento y por los otros tres lados con alambre de púas y estantillos de madera, un (1) galpón de siete metros de frente por quince de largo, instalaciones de agua blanca y luz. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Terrenos Ocupados por Demetrio Yajure; SUR: Estacionamiento de la Bomba la Encrucijada; ESTE: Quebrada Vieja y OESTE: Camino Vecinal que conduce al Peñón. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 922/2010.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi).
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ