REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 24 de Mayo de 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos: DELIA DEL CARMEN DAZA HARNANDEZ Y RAFAEL JOSE BARCOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°: V-12.082.280 y V-4.964.554 respectivamente, domiciliado el primero en la avenida 8 entre 3 y 4 Barrio La Lucha Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, el Segundo domiciliado en la avenida 11 entre 3 y 4 Barrio la La Lucha Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; este Juzgado Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: ERIKA LOLIMAR NOGUERA PASTRAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº.: V-14.443.006 y domiciliada en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) el cual se encuentra ubicado en la avenida 9 entre calles 1 y 2 del Barrio La Lucha de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno que mide (176,04 m2) con un área total de Construcción de 60,12 m2, el cual consta de las siguientes características: Una casa de forma de dos caídas de agua, techo de Zinc, paredes de Bloques de cemento sin frisar, piso de cemento pulido, puertas de hierro y vidrio, ventanas de hierro, con sus instalaciones de luz eléctrica, aguas blancas y negras, dos dormitorios con puerta de madera, una sala, una cocina, un baño, cercada con alambre de púas y una reja de hierro. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Avenida 9 que es su frente, (11,30 ml), SUR: Casa y Solar que es o fue de Maritza Añez (10,30 ml); ESTE: Casa y solar que es o fue de Iván Pernalete (16,30 ml) y OESTE: casa y solar que es o fue de Ambrosio López, (16,30 ml), según se evidencia del levantamiento Planimetrico N° DC-Au-CE (17-121)-216-2010, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 29 de Abril del año 2010. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 932/2010.- Este Juzgado hace la salvedad de que este Titulo no podrá ser registrado sino se presenta la autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTI).
El Juez Temporal,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ



Abg. EB/mvf.-
932-2010