REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
CHIVACOA, 25 de Mayo de 2010
AÑOS: 200° y 151°
Por recibida la presente Comisión, mediante Oficio Nº 5382/1041/16019, de fecha 10 de Marzo de 2010, procedente del Juzgado Superior en lo Civil, y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, librado en el (Expediente Nº 10.079, relativo al Juicio de QUERELLA FUNCIONARIAL, interpuesto por el Abogado SEGUNDO RAMÓN RAMÍREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 30.758, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana JOSEFINA ANTONIA ALVARADO, Venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.515.468, contra el MUNICIPIO URACHICHE, ESTADO YARACUY. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el Nº 678/10, acordándose su estudio y consideración para resolver por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GRM/vapa.-
Com. 678/10
GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 26 de Mayo de 2010
Año: 200° y 151°
Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal Ejecutor de Medidas fija su traslado y constitución, para la práctica de la MEDIDA INNOMINADA, en la población de Urachiche, Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, para el día Martes 08 de Junio a las 8:30 de la mañana. Ofíciesele al Destacamento Nº 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una Comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy y al Comando de la Guardia Nacional con sede en el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
GRM/vapa
COM. No. 678/10