ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-000589
ASUNTO : UP01-P-2007-000589
“ACUMULACIÓN DE PENAS”
Revisado el presente asunto UP01-P-2007-000589, y evidenciado que el penado ELVIS ALEXANDER CASTRO, titular de la cedula de identidad Nº 20.319.801, venezolano, de 22 años, fecha de nacimiento 16-04-1986, soltero, natural de Churuguara Estado Falcón, residenciado en el Barrio José Felix Ribas, calle 3 con Avenida 1 y 2, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, fue condenado por el Tribunal de Control N° 4 de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES de Prisión, por la comisión del delito Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Distribución de una Cantidad Menor, previsto y sancionado en el articulo 31 en su 2do. aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento de la Ley Orgánica contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la sociedad, siendo que tenía una condena previa por el Tribunal de Juicio N° 6 del Área Metropolitana de Caracas, es por lo que este tribunal, ordena su acumulación con el presente asunto de conformidad con el artículo 479 ordinal 2do del Código Orgánico Procesal Penal ACUMULA las penas y realiza el computo de la siguiente manera, a fin de determinar el beneficio que le corresponde y lo hace en los siguientes términos:
PRIMERO
El penado antes identificado, fue condenado en fecha 17-09-2008 por el Tribunal de Juicio N° 06 del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas a cumplir la pena de (3) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal.
SEGUNDO
Posteriormente fue condenado por el procedimiento de admisión de los hechos por el Tribunal de primera instancia en lo penal en funciones de Control N° 04 en fecha 29-10-2009, en esta causa se acumulan las siguientes asuntos UP01-P-2007-1995 Y UP01-P-2009-402, por lo que fue condenado por el Tribunal de Control N° 4 de este Circuito Judicial penal a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES de Prisión, por la comisión del delito Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Distribución de una Cantidad Menor, previsto y sancionado en el articulo 31 en su 2do. Aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento de la Ley Orgánica contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
TERCERO
En vista de lo anterior se procede a acumular las penas, relacionadas con el Penado ELVIS ALEXANDER CASTRO, titular de la cedula de identidad Nº 20.319.801, venezolano, de 22 años, fecha de nacimiento 16-04-1986, soltero, natural de Churuguara Estado Falcón, residenciado en el Barrio José Félix Ribas, calle 3 con Avenida 1 y 2, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código Penal, por lo que se computa la pena del delito mas grave pero con el aumento de la mitad del tiempo correspondiente a la pena del otro; en consecuencia resulta una pena de SEIS (6) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISIÓN.
CUARTO
Consta en autos que el referido penado fue detenido el 19/02/07 hasta el 21/02/07, en causa seguida a su persona, bajo signatura UP01-P-2007-000589, es decir, dos (02) días, posteriormente estuvo detenido los días 27/06/07 al 29/06/07 según causa seguida bajo signatura UP01-P-2007-001995, es decir, dos (02) días; y finalmente se encuentra detenido según causa que se le sigue, signada UP01-P-2009-000402, desde el 07/02/09, hasta la presente fecha (13-05-2010), verificándose el tiempo de detención de UN (1) AÑO, TRES (3) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta CUATRO(4) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS que vence el 30-03-2015 a las 12 de la noche.
En consecuencia se procede a establecer las fechas a partir de las cuales puede hacer uso de las medidas alternativas de cumplimiento de pena de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia podrá solicitar DESTACAMENTO DE TRABAJO: al cumplir 1/4 de la pena (1 año, 6 meses y 15 días) se cumple en fecha 18-08-2010 , REGIMEN ABIERTO: Al cumplir las 1/3 partes de la pena (2 años y 20 días) es decir el 26-02-2011 a las 12:00 pm; LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las 2/3 partes de la pena (4 años, 1 mes y 10 días) es decir el 16-02-2013 , CONFINAMIENTO al cumplir ¾ partes de la pena que vence el 21-09-2013. Queda así Actualizado el cómputo de pena del penado ELVIS ALEXANDER CASTRO, titular de la cedula de identidad Nº 20.319. Notifíquese a las partes. Remítase copia de la presente Acumulación de penas y actualización de Cómputo a la Consultora jurídica del Centro Penitenciario de San Felipe Estado Yaracuy, así como al Penado. Ofíciese a la Junta Rehabilitadora del Internado Judicial de esta Ciudad a los fines de que se le realice el acta de redención de la Pena al Pendo antes descrito. Cúmplase.
La Juez de Ejecución N° 1
La Secretaria
Abg. Esmeralda López Guzmán
Abg. Ana Daniela Silva
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