REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Doce (12) de Mayo de 2.010
Años: 200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-R-2008-000200
Vista la transacción presentada, en fecha 07-05-2010, por los ciudadanos TOMAS RAMON RAMIREZ, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el I.P.SA. bajo el Nº 91.890, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos GRACIANO PACHECO, SCORCHE HONORE DANIEL, LISARAZO ROBINSON y FAJARDO LEWIS, y por la otra parte el abogado en ejercicio HENRY SOLORZANO, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.370, apoderado judicial de la empresa SERVIEQUIPOS RORAIMA, C.A., y por cuanto este Juzgado observa que los acuerdos contenidos en la misma son producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes intervinientes y por cuanto los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho y no contienen renuncia alguna a ningún derecho irrenunciable derivado de una relación de trabajo y autorizada como se encuentra la apoderada judicial de la empresa demandada para celebrar el referido acuerdo en este juicio; este Tribunal Superior de conformidad con lo establecido en el artículo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 9 y 10 de su Reglamento, le imparte su aprobación y homologa en toda y cada una de sus partes la Transacción presentada, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Por tal motivo, se da por terminado el presente juicio, no obstante, la causa permanecerá en este Tribunal hasta tanto conste el ultimo de los pagos acordados, tras lo cual se ordenará la remisión de las actuaciones al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los Doce (12) días del mes de Mayo del año dos mil diez (2.010). Años: 200° y 151° de la Independencia y de la Federación de la Republica Bolivariana de Venezuela.
LA JUEZ SUPERIOR DEL TRABAJO,
Abog. YNDIRA NAVAEZ LOPEZ
LA SECRETARIA DE SALA,
Abog. MARIANNY GONZALEZ
PUBLICADA EN EL DIA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS DOCE DEL MEDIODIA (12:00 M)
LA SECRETARIA DE SALA,
Abog. MARIANNY GONZALEZ
YNL/12052010.-
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