REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, 27 de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: FP02-S-2009-001896
Nº de Resolución Nº PJ02420100000143

Visto el escrito de partición amigable que antecede mediante el cual los ciudadanos: ERIC ANTONIO RIOS CORREA y ROSALBA JOSEFINA LOPEZ BOLET, debidamente asistidos por el ciudadano RAFAEL JOSE PULIDO FREIRE, Abogado en ejercicio, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 103.018, y declarado disuelto por divorcio el matrimonio que habían contraído, como se evidencia de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 28 de octubre de 2009, proceden a la partición y liquidación de los bienes que pertenecieron a la sociedad conyugal, hoy extinguida. El Tribunal, le imparte su aprobación, con las disposiciones expuestas en su escrito de partición y liquidación de los bienes que conformaron la comunidad conyugal adjudicándose lo siguiente: Primero: 1º) La ciudadana ROSALBA JOSEFINA LOPEZ BOLET, cede y traspasa mediante el presente documento el 50% que poseen sobre Un inmueble (casa-terreno), ubicada en la calle Buenos Aires, sector San Rafael, Bloque Cuarenta Mil, de Ciudad Bolívar, en Jurisdicción del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar y alinderado de la siguiente manera NORTE: Familia Rios Correa, con VEINTE METROS Y OCHENTA CENTIMETROS (20,80 Mts); SUR: I.N.C.E., con DIESCISEIS METROS Y TREINTA CENTIMETROS (16,30 Mts); ESTE: Familia Ríos/ paso de servidumbre con DIECINUEVE METROS Y SETENTA CENTIMETROS (19,70 Mts); y OESTE: Familia Aray con DIECIOCHO METROS (18 Mts), el cual le corresponde a la comunidad conyugal según documento Nº 0063 del 2007 emanado de la Sindicatura Municipal y Titulo Supletorio evacuado por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, adjudicado en plena propiedad al ciudadano ERIC ANTONIO RIOS CORREA. 2º) Se adjudica en plena propiedad al ciudadano ERIC ANTONIO RIOS CORREA el vehículo MARCA: FORD PICK-UP, CLASE: CAMIONETA; MODELO: RANGER; SERIAL DE CARROCERIA: 8AFERR12A98J139355, PLACAS: 87ZGBM, AÑO: 2008, COLOR: PLATA, SERIAL DE MOTOR: 8J139355. 4º) Se adjudica en plena propiedad a la ciudadana ROSALBA JOSEFINA LOPEZ BOLET el vehículo MARCA: FORD, TIPO: CAVA; CLASE: CAMION; MODELO: F-350; SERIAL DE CARROCERIA: AJF3PP31262, PLACAS: 99JGAO, AÑO: 2008, COLOR: PLATA, SERIAL DE MOTOR: 8 CIL. 5º) ERIC ANTONIO RIOS CORREA, entregó a la ciudadana ROSALBA JOSEFINA LOPEZ BOLET el 50% que le correspondía de sus prestaciones sociales, en la Institución INSOPESCA, Órgano adscrito al Ministerio de Agricultura y Tierra, por lo que la ciudadana ROSALBA JOSEFINA LOPEZ BOLET, no podrá reclamar por tal concepto y así lo acepta. Se ordena expedir por secretaria las copias certificadas que se soliciten. Devuélvanse originales las presentes actuaciones con sus resultas a los solicitantes, se da por terminado el expediente, constante de Trece (13) folios útiles.

Por fuerza de las razones expuestas este Tribunal Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la HOMOLOGACION DE LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD DE PARTICION DE BIENES en la forma y términos señalados en dicho escrito de PARTICIÓN AMISTOSA. Así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. MERLID ELIZABETH FIGUEREDO.-
LA SECRETARIA,

ABG. LOYSI MÉRIDA AMATO.-






MEF/LMA/Gustavo