REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar
Juzgado Tercero del Municipio heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 20 de mayo de 2010.
200º y 151º
ASUNTO: FP02-S-2009-004225
Resolución Nº: PJ0262010000147
Visto la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: YELITZA VIEZ DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.593.308, de este domicilio, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la competencia para conocer de la presente solicitud observa:
Que la ubicación de la parcela esta en la urbanización Bello Monte, calle Maracay cruce con calle Venezuela, No. 04, Guarataro, Municipio Sucre del Estado Bolívar. En tal virtud, y por cuanto este Tribunal no tiene competencia en la localidad indicada, en consecuencia Declina la competencia por el Territorio, al Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui del Primer de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Guarataro, al cual se ordena remitir la presente Solicitud.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria en este Juzgado.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,
Enelide Arredondo
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en esta misma fecha, siendo las doce y treinta (12:30 a.m.) de la tarde.
La Secretaria.,
Enelide Arredondo
NAR/ hl
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