REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolivar, VEINTE (20) de mayo de dos mil diez (2010).
200º y 151º


ASUNTO: FP02-S-2010-001657
Resolución Nº: PJ0262010000146


Vista la anterior solicitud de CONSIGNACION DE CANONES DE ARRENDAMIENTO, presentada por el ciudadano ANTONIO DA SILVA PINTO, portugués, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.610.894, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por la ciudadana ARACELIS FLORES, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el N° 42.422, de este domicilio, a favor de la ciudadana MILAGROS JOSEFINA FLORES SIFONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.229.949, de este domicilio, este Tribunal observa que las disposiciones sobre el procedimiento de consignaciones arrendaticias previstas en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, exigen el arrendatario consignen ante el Tribunal la suma ofrecida a los fines de ponerla a disposición del beneficiario.

En el presente caso se observa que el arrendatario consignó copia fotostática del Cheque de Gerencia N° 56009052 del Banco Federal a nombre de la ciudadana MILAGROS JOSEFINA FLORES SIFONTE y no consignó el original del cheque a nombre del beneficiario, por tales motivos se Declara Inadmisible la presente solicitud de CONSIGNACION DE CANONES DE ARRENDAMIENTO, presentada por el ciudadano ANTONIO DA SILVA PINTO. Así se decide.

Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los VEINTE (20) día del mes de Mayo del año dos diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria ,

Enelide Arredondo

La anterior decisión fue publicada en esta misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.).
La Secretaria,



Enelide Arredondo