REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
Ciudad Bolívar, doce de mayo de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: FP02-S-2003-000064
En fecha 14/01/2003 se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) escrito contentivo de solicitud de INSPECCION OCULAR presentada por el ciudadano CARLOS JOSE SILVA BOZA, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 772.014 y de este domicilio, a través de su coapoderada judicial KEISA GRIMALDI H., abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado según matrícula N° 67.058 y de este mismo domicilio, dándosele entrada y admitiéndose en fecha 20 de enero de 2003. Visto que desde esa fecha no se han realizado actos procesales posteriores, el Tribunal considera que ha transcurrido suficientemente el plazo para que el interesado manifieste su interés en la presente solicitud, por lo que estima que la misma se encuentra paralizada y ha operado en ella el decaimiento del interés del interesado. Así lo declara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Se da por terminada la presente solicitud y ordena remitir estas actuaciones a la oficina de archivo judicial a los fines de su mejor resguardo, constante de diecinueve (19) folios útiles. Así se decide.
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCH/silvina.-
Resolución Nº PJ0192010000256.-
|