REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, trece de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: FP02-V-2008-000969
Vista la diligencia que antecede suscrita en fecha 03/05/2010 por el ciudadano José Jesús Vivenes Delgado, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-4.601.141, en su carácter de acreedor, debidamente asistido por el abogado José Benjamín Romero Gil, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 113.215, mediante el cual aceptó la oferta materializada en la presente causa, este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 826 del Código de Procedimiento Civil acuerda la entrega de las cantidades de dinero depositada en la cuenta corriente del Tribunal en la entidad financiera Bicentenario, antes Banfoandes, al diligenciante mediante cheque contra la Cuenta Corriente No. 0007 0067 33 0000001270 del Banco Bicentenario por la cantidad de cinco mil Bolívares (Bs. 5.000,00).
Igualmente se ordena la entrega de los cheques de gerencia Nros. 09736469 y 09736529, por los montos de tres mil cuatrocientos ochenta y cinco (Bs. 3.485,00) y tres mil cuatrocientos ochenta y uno Bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 3.481,50), respectivamente.
Asimismo, se dan por terminada las presentes actuaciones y ordena remitir el presente expediente a la oficina de archivo judicial de este estado para su mejor resguardo, constante de cuarenta y nueve (49) folios útiles. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Procédase como se ha decidido.
El Juez,
La Secretaria,
Abg. Manuel Alfredo Cortés.
Abg. Soraya Charboné.
En esta misma fecha se elaboró el cheque Nº36050127, recibo y se hizo entrega de los cheques en cuestión.
La Secretaria,

MAC/SCH/yinet. Abg. Soraya Charboné.
Resolución Nº PJ0192010000257