REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 02 de Noviembre de 2010
Años: 200° y 151°

Vista la Solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: GUSTAVO ANTONIO ALMAO y CARLOS RAFAEL GONZALEZ ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.856.097 y V-12.937.938, respectivamente, ambos domiciliados el Primero en la Calle 4 con Avenida Fermín Calderón Andrés Bello, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y el Segundo en domiciliado en Calle 1 Avenida Fermín Calderón Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos: DELIA ROSA CASTILLO DE LOPEZ y JUAN DE LOS REYES LOPEZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.270.169 y 11.651.042, respectivamente domiciliados en Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que los solicitante dicen ocupar sobre un lote de Terreno Propiedad Municipal, ubicadas en el Callejón Cristo Rey entre Vereda S/N y Avenida Fermín Calderón Barrio Andrés Bello Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, que mide: TRESCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTIMETROS (304,18 Mts2), con las siguientes características: Una casa distribuida asi: Dos (2) Piezas o habitaciones construida con paredes de bloque rustico, techo de zinc, piso de cemento pulido, con una (1) ventana de bloque de celosia o ventilación, con Dos (2) puertas, Una (1) de hierro que es la principal o de entrada y otra trasera o de fondo que es de madera, cercada con Dos (2) paredes de bloque rustico la de su lateral derecha y la del fondo, los otros Dos (2) lados cercados con cerca de estantillos de madera muerta y alambres de púas a Cinco (5) pelos de alambre, con sus servicios básicos de aguas blancas, cloacas y electricidad, en un área de Construcción de: TREINTA Y UN METROS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS (31,76 Mts2) cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa de Gloria Colmenarez (24,60 m), SUR: Casa de Melida Gutierrez (24,70 m) ESTE: Casa de Yudith Rodriguez (12,43.m) y OESTE: Callejón Cristo Rey su frente (12,20 m), según Certificado de Empadronamiento Código Catastral N° 22-03-01-U01-107-13-21, de fecha 07-12-2010, emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Devuélvase Original con sus resultas a la parte interesada y déjese Copia Certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 1123/2010.

El Juez

Abg. Efraín Ballester Acosta

La Secretaria


Abg. Erlen Martinez


Abg. EBA/EM/gc