REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 30 de Noviembre de 2010
Años: 200° y 151°
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana: JUANA EVANGELISTA MARTINEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.574.055, inserta al folio 26, domiciliada en la Calle Principal del Caserío El Copey (Frente al Ambulatorio) Municipio Bruzual Estado Yaracuy, parte demandante en la presente causa donde solicitan el cierre de la presente demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION, en beneficio de su nieto a quien representa Legalmente de nombre: cuyo nombre se omite por disposición del articulo 65 de la ley orgánica del niño, niña y adolescentes. Así mismo solicita copia de Sentencia inserta al folio 18 al 19, del presente Expediente por cuanto va a solicitar AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION. En consecuencia este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ACUERDA: Cerrar el presente expediente por cuanto no hay mas diligencia que practicar y remítase el Expediente en su oportunidad al archivo Judicial de esta misma Circunscripción para su conservación y archivo. Déjese constancia en el libro Diario.
El Juez
Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria,
Abg. Erlen Martinez
EXP N° 1518/2009
EBA/EM/gc-