REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARISTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA










GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

CHIVACOA, 19 de Noviembre de 2010
AÑOS: 200° y 151°

Por recibida la presente Comisión, mediante Oficios Nº 1021/2010, de fecha 18 de Octubre de 2010, procedente del Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, relativo al Juicio por COBRO DE BOLÍVARES POR VÍA INTIMACIÓN, signado con el Asunto: Nº KN01-X-2010-000081, interpuesto por la Abogada en ejercicio YAJAIRA JOSEFINA PINTO FREITEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.276, actuando en su carácter de Endosatario en Procuración de la firma mercantil ASESORES Y RECUPERADORES DEL CENTRO C.A., representada por su Presidente ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN PEÑA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.322.588, contra la ciudadana MIRTHA JOSEFINA PÉREZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.306.190. Désele entrada, anótese en los libros respectivos, quedando signada bajo el Nº 706/10, acordándose su estudio y consideración para resolver por auto separado. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN
EL SECRETARIO,

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE

GRM/vapa.-
Com. 706/10




GADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD, ARÍSTIDES BASTIDAS, BRUZUAL, URACHICHE, JOSÉ ANTONIO PÁEZ Y PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 23 de Noviembre de 2010
Año: 200° y 151°
Revisada como ha sido la presente Comisión, este Tribunal Ejecutor de Medidas fija su traslado y constitución, para la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO, en la Calle Principal de Cambural de la población de Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, para el día Miércoles 19 de Enero de 2011, a las 9:00 de la mañana. Se designa como Depositaria Judicial a la Depositaria Judicial Yaracuy S.R.L. Notifíquesele de su designación, lugar, día y hora de la práctica de la medida, al Destacamento Nº 45 de la Guardia Nacional del Estado Yaracuy, para que designe una Comisión de funcionarios únicamente para la protección del Tribunal, a las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Yaracuy, al Comando de las Fuerzas Armadas Policiales del Municipio Peña del Estado Yaracuy, al Comando de la Guardia Nacional con sede en el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, al Puesto de la Guardia Nacional con sede en el Municipio Peña del Estado Yaracuy y al Consejo de Protección del Municipio Peña del Estado Yaracuy. Por otra parte se advierte expresamente que la ejecución de la medida es gratuita y los emolumentos que se generen por parte de los auxiliares de justicia, serán cancelados directamente por cuenta de la parte interesada, por lo que este Juzgado no tiene ninguna relación directa o indirecta con las erogaciones económicas que se generen por esta causa. Cúmplase.-

EL JUEZ TEMPORAL,


ABG° GIOVANNI ALFONSO RAMÍREZ MARÍN

EL SECRETARIO

ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE


GRM/vapa
COM. No. 706/10