ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2010-002817
ASUNTO : UP01-P-2010-002817
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la anterior sentencia, se Ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal en fecha 21-09-2010, condenó al ciudadano LUÍS ENRIQUE ARRAIZ VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.447.482, residenciado en la carrera 7 entre calles 23 y 24m, sector la Plazuela, Yaritagua, municipio Peña del Estado Yaracuy, por el delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la Modalidad de Distribución de una Cantidad Menor, previsto y sancionado en el articulo 31, tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS PRISION; en consecuencia, se procede de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el Computo de la Pena: Consta en autos que el fue detenido en fecha 01-07-2010 por lo que se infiere que lleva detenido hasta la presente fecha tres (3) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, QUE VENCE EL 02-08-2012 de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a partir de la presente fecha. Remítase Copia del presenta auto al penado, al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Vista la solicitud del defensor se ordena; Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que se realice el correspondiente informe Psico social al penado se le solicita al penado la consignación de oferta de trabajo. Cúmplase.-
JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 1 SECRETARIA
ABG. ESMERALDA LÓPEZ ABG. DANIELA SILVA
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