República Bolivariana de Venezuela


Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Años: 200º y 151º

San Felipe, 03 de Noviembre de 2010


ASUNTO Nº: UH12-X-2010-000002

PARTE DEMANDANTE: PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS S.A. (PDVAL)

PARTE DEMANDADA: PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0183/2008 DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE 2008 EMANADA DE LA INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY

MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO CONJUNTAMENTE CON AMPARO CAUTELAR Y SUBSIDIARIAMENTE MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO


Visto que en la causa UP11-N-2010-000005, de la nomenclatura de este juzgado la parte accionante solicita subsidiariamente al recurso de nulidad MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENCIÓN DE EFECTOS, y siendo la oportunidad para pronunciarse acerca de la admisibilidad, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

A tenor de lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa a petición de parte y en cualquier estado y grado del procedimiento se podrá acordar las medidas cautelares que se consideren pertinentes, para resguardar la apariencia del buen derecho invocado y garantizar las resultas del juicio, ponderando los intereses públicos generales y colectivos concretizados y ciertas gravedades en juego, siempre que dichas medidas no prejuzguen sobre la decisión definitiva.

Revisado el escrito contentivo de la solicitud de dicha medida, se constata que el mismo cumple con los requisitos de procedibilidad, es decir, la apariencia de buen derecho y el riesgo de eventuales daños no reparables por la definitiva, así como que la posibilidad de que pueda quedar ilusoria la ejecución del fallo, en consecuencia, por cuanto el mismo no resulta contrario a derecho, al Orden Público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, este Tribunal ACUERDA SU ADMISIÓN, por lo que se ORDENA:

PRIMERO: SUSPENDER LOS EFECTOS DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0183/2008 DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE 2008 EMANADA DE LA INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY contra la PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS S.A. (PDVAL) hasta que sea dictada la sentencia definitiva del asunto UP11-N-2010-000005.

SEGUNDO: Se ordena notificar mediante oficio a la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, sobre la suspensión de los efectos de la providencia administrativa n° 0183/2008 de fecha 17 de noviembre de 2008 emanada de esa inspectoría, por lo cual el inspector de trabajo deberá:

a) Suspender el Reenganche y pago de salarios caídos a la ciudadana NURYS MARIA PÉREZ CUENCA, titular de la cedula de identidad N° 18.053.961
b) Suspender la medida sancionatoria de multa contra la PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS S.A. (PDVAL). Y así se decide.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en San Felipe Tres (03) día del mes de Noviembre del año 2010. Años: 200º y 151º.

El Juez;

Abg. Carlos Manuel Fuentes
La Secretaria,


Abg. Noraydee Reverol
En la misma fecha se publicó siendo las 04:00 de la Tarde.

La Secretaria,


Abg. Noraydee Reverol