FP02-V-2010-001533.
RESOLUCION: PJ0822010000482
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE MEDIACION
SIN PRESENCIA DEL DEMANDADA.
En horas hábiles del día de hoy 23/11/10, siendo las Una y Treinta (01:30 Pm) de la tarde, día y hora acordada para que comparezcan los ciudadanos: LARRY VICENTE HERNANDEZ VALENZUELA y THAIS DEL VALLE MARTINEZ CARVAJAL, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-11.170.941 y 13.258.256, respectivamente, en la causa de SEPARACION DE CUERPOS, el Tribunal deja constancia que por haber interpuesto la presente causa una sola de las partes, siendo que en el día de hoy debía comparecer la ciudadana: THAIS DEL VALLE MARTINEZ CARVAJAL, para que expusiera lo que creyere necesario o conveniente acerca de la separación de cuerpos presentada por su legitimo cónyuge, y no lo hizo, tal como lo establece el Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el articulo 520 de la LOPNNA, se debe seguir el Procedimiento Contencioso y no por el Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria ya que en el mismo se evidencia que existe contención al no asistir la parte demandada. Por tal motivo se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes. Dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo se EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE MEDIACION (1)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LA PARTE DEMANDANTE Y SU ABOGADO ASISTENTE.
LA SECRETARIA DE SALA (Acc)
ABG. SUSSY CUESTA GALVIS
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