ASUNTO: FP02-J-2010-000032
RESOLUCION Nº PJ0822010000423
Causa: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Ylsi Rosa López
Beneficiarios: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES),
Abogado: German Alexis González IPSA Nº 21.968
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante: JOSE ADRIAN BOYER GONZALEZ, quien fuera Venezolano, mayor de edad, C.I. Nº 4.308.197, fallecido Ab-Intestato en esta ciudad el día 14 de Agosto de 2009, a sus hijos de nombres: ADRIAN JOSE BOYER LOPEZ, CARLOS LUIS BOYER LOPEZ, ILDRIANA LISBETH BOYER LOPEZ, KEIRI JOANNA BOYER LOPEZ y la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), los primeros mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº 16.192.038, 18.158.269, 15.062.177 y 15.062.178. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese constancia en el Libro Diario en el Libro Diario de Actuaciones.-

LA JUEZ DE MEDIACION Nº. 01


DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO

LA (EL) SECRETARIA (O)


ABOG.


LEMR/Virginia Romero