ASUNTO: FP02-J-2010-000271
 
RESOLUCIÒN Nº PJ0820100000507
 
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
 
A U T O R I Z A C I O N
 
	DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO, Juez de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación de Protección (3) de Niños, Niñas, y Adolescentes Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar, por medio de la presente AUTORIZA suficientemente a la Ciudadana LUISA MARISELA RODRIGUEZ GIL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.938.510, para que realice y/o gestione ante la Empresa MAPFRE la Seguridad C.A, de Seguros, todo lo concerniente, a las sumas de dinero o beneficio, que le pudiera corresponder a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), dejada por el De-Cujus: JESUS RAFAEL VALLADARES SANCHEZ, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.079.104, sumas estas que deberá ser entregada a la ciudadana LUISA MARISELA RODRIGUEZ GIL, plenamente identificada en autos, en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal de Protección, en beneficio de sus beneficiarios (niñas, niños y /o adolescentes).  Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
 
		Autorización que se expide en Ciudad Bolívar, a los Veintinueve  (29) días del mes de Noviembre del año 2010.
 
 
LA JUEZ  
 
 
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
 
 
LEMR/RYNA.-
 
 
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