Resolución: PJ0832010000528.
ASUNTO: FP02-V-2008-001562
Sentencia Interlocutoria con Fuerza de definitiva.

Demanda: Obligación de Manutención.
Demandante: Dayana García Navas.
Demandado: Luís Alberto Rivero.
Hijo: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). .
Abogado: Dra. Maria Perez. Defensora Pública de Protección.-.


Visto el escrito de fecha 02 de Noviembre, Mediante el cual se propone el desistimiento de la demanda intentada por la ciudadana: Dayana García, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº: 14.652.722, este Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación, por no ser contrario normas de orden público, la moral pública ni a ninguna disposición expresa del orden jurídico vigente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, imparte homologación al mismo de conformidad con lo previsto en el artículo: 518 de la LOPNNA, concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC., ordenando proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo, se ordena revocar la medida de embargo decretada en fecha 08/10/2008 y comunicadas a la empresa mediante oficio Nº 2246-2 de fecha 15/10/2008. Archívense estas actuaciones y expídase copia certificada a las partes, devolviendo documentos originales consignados previa certificación de sus copias simples en autos. Así se decide.----------------------------------------------------------------------------------------------------------

El Juez (2º) de Mediación.
La (el) Secretaria (o).
Dr. Franklin Granadillo Paz

FGP/Neila Brizuela. Asistente.-