ASUNTO: FP02-V-2009-000730
RESOLUCION Nº PJ0832010000530
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Visto el desistimiento de la Apelación propuesta por parte de la ciudadana ANLEYN COROMOTO LEAL LEON, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Maria Elena Silva Conde, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.807, por cuanto el mismo no es contrario a derecho ni al orden publico, este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley imparte Homologación al Desistimiento, ordenando proceder como si se tratara de Sentencia Pasada en autoridad de Cosa Juzgada. De igual manera; por cuanto ya se ordeno la ejecución de la sentencia dictada en la presente causa, y la apelación se ordeno oírla en un solo efecto, como es de Ley, lo cual no paraliza la ejecución por tratarse además de alimentos; en razón de lo cual no es necesario ejecutar de nuevo y así se decide.- Archívese el expediente y expídanse las copias certificadas solicitadas.- Déjese constancia en el libro diario de actuaciones.-
EL JUEZ (2),
DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
LA SECRETARIA DE SALA,
ABOG.

FGP/Virginia Romero